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La ayuda subvencionable consiste en subvencionar parcialmente la renta o precio mensual que deban pagar las personas beneficiarias por la ayuda al alquiler o en su caso la cesión del uso de una vivienda o habitación para destinarla al alquiler de residencia habitual y permanente.
El periodo máximo que se subvenciona es de doce meses, (un año), desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos incluidos.
SUBVENCIONES AL ALQUILER 2023
Orden del 18 de octubre de 2023, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, convocan de forma oficial las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda en Castilla y León.
El plazo de presentación de las solicitudes a la ayuda del alquiler comienzan desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 15 de enero de 2024, ambos inclusive.
SUBVENCIONES DESTINADAS AL ALQUILER DE VIVIENDA (2023)
Lugar y forma de tramitación de la ayuda al alquiler:
Enlace para solicitar la ayuda al alquiler online
De forma presencial en las oficinas de registro:
El Gobierno de Castilla y León ha anunciado la convocatoria de subvenciones destinadas a facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler o cesión de uso para aquellos sectores de la población con escasos recursos económicos. Estas subvenciones serán otorgadas en base a un proceso de concurrencia competitiva y están dirigidas a personas mayores de edad.
Es importante destacar que estas subvenciones no aplican a viviendas de protección pública de promoción pública, viviendas promovidas o rehabilitadas bajo convenios entre la Junta de Castilla y León y las Corporaciones Locales, arrendamientos con opción de compra, subarrendamientos y arrendamientos con fines distintos a la vivienda.
El plazo para solicitar estas subvenciones será desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 15 de enero de 2024. La presentación de la solicitud puede realizarse presencialmente en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León o de forma electrónica, según los requisitos técnicos necesarios.
Los requisitos para solicitar estas subvenciones son los siguientes:
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda o cesión de uso de habitación, formalizado de acuerdo a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
- La vivienda o habitación arrendada o cedida debe ser la residencia habitual y permanente del arrendatario o cesionario durante todo el periodo de concesión de la subvención.
- Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o parentesco determinado por la normativa aplicable. En el caso de personas extranjeras no comunitarias, deben contar con autorización de estancia o residencia en España.
- El total de los ingresos anuales de las personas que residen en la vivienda arrendada o cedida, ya sean titulares del contrato o no, deben ser superiores a 0.5 veces el IPREM e iguales o inferiores a 3 veces el IPREM. Esta cifra se incrementa a 4 veces el IPREM en el caso de familias numerosas o víctimas de terrorismo, y a 5 veces el IPREM para familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. En el caso de alquiler o cesión de habitación, solo se considerarán los ingresos del arrendatario o cesionario.
- El alquiler mensual de la vivienda o habitación no debe superar los límites establecidos según el municipio en el que se encuentre. Estos límites varían en función del ámbito municipal y se establecen en la Orden MAV/868/2022.
Estas subvenciones cubrirán parcialmente la renta o precio mensual del alquiler o cesión de uso de la vivienda o habitación, con un porcentaje del 50%. En el caso de personas jóvenes, el porcentaje será del 60%. Además, estas subvenciones serán otorgadas por un periodo máximo de doce meses, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
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Fuentes consultadas: Webs oficiales de la Junta de Castilla y León en materia de alquiler y subvenciones a la vivienda.

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